Ayudas para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial.

Ayudas Público 28/12/2023 0 71
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PLAZO CERRADO 17/04/24

Se ha publicado en el BOE el extracto de la Orden del Ministerio de Industria y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan anticipadamente las ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial.

  • Tramitación a través de la sede electrónica del Ministerio.
  • Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud, hasta el 31 de marzo de 2026.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?

  • Las sociedades mercantiles estatales según la definición del artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre que realicen alguna actividad industrial, y las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia que realicen alguna actividad industrial (divisiones 7, 8, 10 a 32, y 38.3x (CNAE-2009) según se define en el anexo XII de la convocatoria adjunta). Las actividades industriales deberán haber sido desarrolladas al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de solicitud.

  • Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe una entidad del apartado anterior y que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación y cumplan todos los requisitos establecidos en la convocatoria adjunta.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Proyectos tractores de entidades pertenecientes a los sectores de la industria manufacturera en España, que consistirán en la realización de uno o varios proyectos primarios conducentes a la descarbonización de una única planta o instalación industrial en operación. Un proyecto tractor deberá contener obligatoriamente, al menos, un proyecto primario en una de estas líneas, descritas con más detalle en el artículo 11 de la convocatoria:

  1. Reducción de emisiones directas de la instalación (excepto el subtipo d. Captura, almacenamiento y uso del carbono).

  2. Mejora sustancial de la eficiencia energética para el ahorro de energía eléctrica.

El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto tractor será de 1.000.000 €.

A su vez, cada uno de los proyectos primarios que compongan un proyecto tractor se enmarcará dentro de una de las líneas de ayuda, descritas con más detalle en el artículo 12 de la convocatoria y anexo III:

  • Línea de investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad.

  • Línea de proyectos de innovación en materia de organización y procesos.

  • Línea de ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador.

  • Inversiones en medidas de ahorro energético o eficiencia energética con carácter innovador.

  • Inversiones para la promoción de la energía procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energía directamente utilizada por procesos industriales.

  • Estudios medioambientales, incluidas las auditorías energéticas, o la viabilidad técnica o económica asociada, directamente vinculados.

  • Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYME.

AYUDAS

  • Las entidades en su solicitud, podrán seleccionar si solicitan ayuda en la modalidad de subvención, préstamo reembolsable o de una combinación de ambos.
  • Para cada proyecto primario y entidad beneficiaria la financiación total que se podrá conceder, sumando el préstamo nominal y la subvención, será como máximo del 80 % del presupuesto financiable, sin superar los límites máximos recogidos en el artículo 14 de la convocatoria adjunta.
  • El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será el de concurrencia no competitiva.
  • Una misma entidad o agrupación podría presentar más de una solicitud, para proyectos tractores distintos, correspondientes a la descarbonización de instalaciones principales diferentes. Una instalación principal solo podrá ser objeto de una sola solicitud de proyecto tractor.