Ayudas para la aceleración tecnológica de las pymes industriales de la Comunidad Valenciana

Ayudas Público 12/05/2021 62
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PLAZO CERRADO 18/06/21

Para cualquier aclaración adicional, o presentación de estas ayudas tiene a su disposición a VALMETAL  963719761 valmetal@valmetal.es

Se ha publicado en el DOGV, RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2021, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria, en el ejercicio 2021, de ayudas para la aceleración tecnológica de las pymes industriales de la Comunitat Valenciana.

OBJETIVO

Impulsar la transformación digital competitiva de la industria a través de la aceleración tecnológica de las pymes industriales de la Comunidad Valenciana, en colaboración con startups o pymes tecnológicas.

TRAMITACION TELEMÁTICA Y DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR 

¿QUIEN PUEDE SOLICITARLO? 

Pueden solicitar estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (pymes) privadas que durante 2021 desarrollan o desarrollarán en la Comunidad Valenciana una actividad industrial productiva cuyo CNAE principal sea el 0811, el 2370, o alguno de los previstos en la sección C-divisiones 10 a 33, de la Clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2009).

CUANTIA DE LA AYUDA

La ayuda consistirá en subvención del 30% del total de los gastos considerados como subvencionables, con un máximo de ayuda por solicitante de 100.000 euros, teniendo en cuenta que esta subvención es una ayuda minimis, la ayuda total de minimis concedida a la empresa solicitante, considerada como una única empresa, no podrá ser superior a 200.000 euros en el ejercicio fiscal en curso y en los dos ejercicios fiscales anteriores, según los límites y las condiciones previstas en el Reglamento (UE) núm. 1407/2013.

TIPOS DE PROYECTOS

El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de colaboración será de 10.000 EUROS, IVA excluido.

Sólo pueden subvencionarse proyectos de colaboración para la aceleración tecnológica de las pymes industriales de la Comunidad Valenciana, desarrollados entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de justificación de la subvención, que cumplan además:

  • El proyecto suponga la colaboración mediante la interacción de la experiencia y el conocimiento de una pyme industrial de la Comunidad Valenciana, con las soluciones tecnológicas que le proponga desarrollar una o varias startups o pymes tecnológicas, y concluya en todo caso con un producto mínimo viable (MVP) con un grado de madurez tecnológica entre TRL 7 y TRL9, con garantías de implementarse y acelerar la transición tecnológica de la pyme industrial.

  • El proyecto idebe inlcuir al menos las tres actividades: La identificación de los retos tecnológicos a resolver en la pyme industrial beneficiaria. La propuesta y el acompañamiento de las startups o pymes tecnológicas que mejor pueden resolverse o  La emisión de un informe al final del proyecto que justifique que el nivel de madurez de la tecnología desarrollada se sitúa entre TRL 7 y TRL 9, así como la posibilidad de implementación del MPV y de acelerar la transición tecnológica de la pyme industrial.

  • Los proyectos deben mantener relación directa con procesos que favorezcan la aceleración tecnológica de las empresas en materia de organización, procesos productivos, productos o tecnologías aplicadas, sobre la base de las nuevas tecnologías de la digitalización de la economía como la inteligencia artificial, impresión 3D, machine learning y deep learning, robotización, cobòtica y exoesqueletos, análisis y mantenimiento predictivo, gemelos digitales, blockchain, internet de las cosas e inteligencia de las cosas, nuevos materiales, nanotecnología, biotecnología, realidad virtual, realidad aumentada y mixta, simulación avanzada, ciberseguridad, sistemas de pago y riesgos, comercialización digital, e-commerce, big data y analítica de datos, vehículos autónomos y drones, nube y edge computing y computación cuántica.

  • Los proyectos deben tener impacto prioritario en un centro productivo de la PYME beneficiaria situado en la Comunidad Valenciana.


GASTOS SUBVENCIONABLES

Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que hayan sido efectivamente pagados entre el 1 de enero 2021 y la fecha de justificacion del proyecto.

  • Costes de la contratación de los servicios de las startups o pymes tecnológicas que participan en el proyecto, así como de una entidad dinamizadora de la aceleración. Coste máximo subvencionable de la entidad dinamizadora no podrá superar el 20% del presupuesto total subvencionable (sumatorio de gastos de colaboraciones externas, gastos de personal propio y gastos de auditoría).

  • Importe efectivamente pagado en la fecha de la justificación de la ayuda de los costes de personal laboral propio de la pyme industrial empleado en centros de la Comunidad Valenciana (retribuciones brutas en nómina y Seguridad Social a cargo de la empresa), en el porcentaje de tiempo que se justifique que se pueda imputar al desarrollo del proyecto, y hasta un importe máximo del 20% del presupuesto total subvencionable (sumatorio de gastos de colaboraciones externas, gastos de personal propio y gastos de auditoría). El máximo de retribución mensual bruta en nómina computable para el cálculo de la parte subvencionable es de 4.500 euros, incluyendo la parte proporcional de pagas extraordinarias y demás retribuciones.

  • Gastos de auditría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención por empresa auditora externa, inscrita en el Registro Oficial de Auditores de cuentas, hasta un importe máximo de 600,00 euros , IVA excluido, por solicitud. Coste no será subvencionable si la pyme industrial beneficiaria está obligada por ley a auditar sus cuentas.