Prestamo bonificado IVF Invierte Pyme React EU FEDER

Ayudas P煤blico 08/06/2022 0 145
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Plazo ampliado hasta 31 de diciembre 2022 o hasta agotar fondos

Bases publicadas: RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2022, del director general del Institut Valencià de Finances, por la que se convoca la línea de financiación "Préstamo bonificado IVF Invierte Pyme React EU FEDER", así como el Extracto de la Resolución.

Modificación de las bases en el DOGV de 08/06/22. Modificación Extracto publicado en DOGV de 08/06/22

TRAMITACIÓN TELEMÁTICA Y DOCUMENTACIÓN

Más información en la web de IVF

OBJETIVO

Financiar operaciones de inversión por parte de pequeñas y medianas empresas cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Personas autónomas y sociedades mercantiles cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana.

Los proyectos tendrán como finalidad:

  • Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos

  • Procesos de digitalización de las pequeñas y medianas empresas

  • Adquisición o elaboración propia de activos intangibles.

REQUISITOS

  • Tener domicilio social o establecimiento de desarrollo de actividad en la Comunitat Valenciana.

  • Ser pequeña o mediana empresa, con arreglo a la definición del anexo I de esta Convocatoria. 3.

  • Operar necesariamente en cualquier sector de actividad de los enumerados en el anexo II.

  • Tener antigüedad mínima de dos años, y habrá depositado en el Registro Mercantil las cuentas anuales de los ejercicios 2020 y 2021, en las que constará importe neto de la cifra de negocios superior o igual a 100.000 euros para cada uno de los ejercicios mencionados.

  • Contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable y, en particular, en materia de competencia, contratación del sector público y medio ambiente.

  • Acreditará estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat, así como de las obligaciones ante la Seguridad Social.

  • Cumpir con todos los requisito del artículo 13 de la Ley 38/2003 de la leya general de subvenciones.

CARACTERISTICAS DEL PRESTAMO

IMPORTE: El valor nominal del préstamo se situará entre 1.000.000 y 5.000.000 euros. Si bien, el valor nominal del préstamo no podrá superar, en ningún caso, el 80 % del valor de la inversión objeto de financiación. No obstante lo anterior, el préstamo del IVF podrá financiar hasta el 100 % del valor de los gastos de consultoría y calificación crediticia necesarios para optar a la financiación en el marco de esta convocatoria.

PLAZO/CARENCIA: De 4 a 10 años con un máximo de 2 años de carencia.

COMISIONES: No se aplicarán comisiones de apertura ni cancelación de los préstamos.

TIPOS DE INTERÉS: El tipo de interés de la financiación se obtendrá como suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con límite inferior 0 %, y un margen por riesgo de crédito equivalente al 1 %.

TRAMO NO REEMBOLSABLE (TNR): Los préstamos incorporan una ayuda (Tramo no Reembolsable) de hasta el 20% del valor nominal del préstamo. 

GASTOS

  • El importe bonificable de cada proyecto de inversión presentado se determinará a partir del importe total de los costes que tengan la consideración de gastos financiables elegibles según determina esta convocatoria. En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos financiables elegibles podrá ser superior al valor de mercado.

  • A efectos del cálculo de la ayuda y de los gastos financiables elegibles, todas las cifras empleadas se entenderán antes de cualquier deducción fiscal u otras cargas. No se considerarán gastos financiables elegibles los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

  • El gasto financiado con la operación deberá desarrollarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana y no será compatible con cualquier otra contribución de fondos Estructurales y de Inversión comunitarios.

  • Inversiones en activos fijos, serán gastos financiables elegibles:

    • Adquisición y acondicionamiento de terrenos para su utilización en la producción de los bienes y servicios que constituyen la actividad principal de la empresa.

    • Adquisición y construcción de naves industriales, e instalaciones técnicas para el desarrollo de la actividad principal de la empresa.

    • Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp.

    • Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.

    • Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.

    • Mobiliario.

    • Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación, hasta un máximo de 25.000 euros, con la excepción de aquellos solicitantes cuyo objeto social consista en el arrendamiento de estos elementos patrimoniales. A este respecto, la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera no se considerará en ningún caso como gasto financiable elegible a los efectos de esta Convocatoria.

    • Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas.

    • Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.

  • Se considerarán financiables en el marco de esta convocatoria los gastos de consultoría y calificación crediticia externa incurridos para solicitar la financiación en el marco de esta convocatoria.

  • No serán financiables:

    • Contribuciones en especie.

    • Los intereses de empresas o personas deudoras y los demás gastos financieros.

    • Gastos relacionados con las fluctuaciones de los tipos de cambio de divisas.