Línea de Financiación Bonificada RENAIXER

Ayudas Público 11/05/2021 0 72
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PLAZO CERRADO 15 NOVIEMBRE 2021

Ha sido publicado en el DOGV, RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2021, del Director General del Institut Valencià de Finances, por la que dispone la publicación de la Convocatoria de la línea de financiación bonificada RENAIXER

OBJETIVO

Otorgar facilidades de financiación a operaciones ya suscritas por el IVF con personas autónomas y sociedades mercantiles la sede social de las cuales, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se halle en la Comunidad Valenciana.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR y TRAMITACION TELMATICA

Más información en a web de IVF

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

  • Personas autónomas y sociedades mercantiles tendrá su domicilio social o establecimiento de desarrollo de la actividad en la Comunitat Valenciana.

  • Estar en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable y, en particular, en materia de competencia, contratación del sector público y medio ambiente.

  • En el momento de la solicitud de financiación, el beneficiario acreditará estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat, así como de las obligaciones ante la Seguridad Social.

  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

  • No encontrarse en ninguna de las siguientes circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).

  • A 31 de diciembre de 2019, no estar en situación de crisis según lo establecido en el punto 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio, general de exención por categorías.

REQUISITOS

Podrán solicitar nueva financiación los proyectos que tengan como finalidad:

  • Aplazamiento de cuotas de capital e intereses de préstamos otorgados por el IVF con vencimiento desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021.

  • La novación de préstamos concedidos al amparo de la Convocatoria Liquidez COVID19, que se encuentran sujetas al marco temporal de la Unión Europea, a fin de aclarar la naturaleza de las ayudas contempladas en estos préstamos.

 

CARACTERISTICAS DEL PRESTAMO

IMPORTE: El valor nominal del préstamo se situará entre 15.000 euros y 5.000.000 euros.

PLAZO/CARENCIA: De 3 a 10 años con 2 año sde carencia.

COMISIONES: No se aplicarán comisiones de apertura ni cancelación de los préstamos.

TIPOS DE INTERÉS:

Se puede optar entre dos modalidades de cálculo del Tipo de Interés Nominal de la Financiación Bonificado (TINFB):

  • Modalidad A: el tipo de interés se obtendrá como suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con límite inferior 0%, y el margen de riesgo de crédito que se determinará atendiendo a la calificación crediticia del beneficiario y que puede oscilar entre 0,25% para BBB hasta 1,25% para B. Valor nominal del préstamo no podrá exceder de 1.800.000 euros.

  • Modalidad B: el tipo de interés de la financiación se obtendrá como suma del tipo de interés EURIBOR a un año, con límite inferior 0%, y el margen de riesgo de crédito, que dependerá del tamaño de la empresa y será fijo entre el 0,50% y el 1%.

En caso de que no se indique nada, se presumirá que opta por la modalidad A.

En operaciones de novación de préstamos concedidos al amparo de la línea liquidez COVID19, las operaciones podrán incorporar un Tramo no reembolsable a fin de compensar a las empresas beneficiarias para la reducción de la ayuda inherente al préstamo objeto de novación, debido a la revisión al alza del tipo de interés para adaptarlo a los requerimientos del Marco Temporal de Ayudas de Estado de la Unión Europea. Este Tramo no reembolsable será objeto de estimación por los servicios técnicos del IVF y no podrá acumularse con ningún otro tramo no reembolsable.