Programa de Crecimiento Empresarial para industrias

Ayudas Público 09/07/2019 0 66
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PLAZO CERRADO (hasta 09/09/2019)

ASESORAMIENTO PERSONALIZADO a PYMES ESPAÑOLAS con fabricación en España, promovido por la SECRETARÍA GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PYME con profesionales especializados bajo la coordinación de FUNDACIÓN EOI

El Programa de Crecimiento Empresarial ofrece asesoramiento en​ Innovación, Digitalización, Operaciones, Recursos humanos, Marketing y Comercialización, Finanzas.

 

Empresas beneficiarias y sus requisitos.

a) Tener la condición de PYME.

b) Dedicarse al desarrollo de actividades industriales.

c) Tener dentro de su objeto social el desarrollo de actividades de las indicadas en las divisiones 10 a 32 inclusive del CNAE-2009.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Quedan excluidas de estas ayudas las entidades que integren el sector púbico institucional de cualquier Administración pública, vinculadas o dependientes de ésta.

 

Obligaciones de las empresas beneficiarias

a) Poner a disposición del Proyecto los medios necesarios para la correcta realización del asesoramiento.

b) Cooperar en la recepción del asesoramiento.

c) Comunicar a la Fundación EOI cualquier alteración o incidencia que afecte a las condiciones bajo las cuales se concedió la subvención.

d) Cumplir con sus obligaciones incluidas en esta Orden.

 

Actividad objeto de ayuda y duración

1. La ayuda es asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria, la elaboración de un plan de asesoramiento temático, así como el seguimiento del plan. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias, y contará con 50 horas de asesoramiento individualizado.

2. La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:

a) Diagnóstico previo de la situación de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio.

b) Plan de Asesoramiento personalizado.

c) Seguimiento y evaluación del Plan de Asesoramiento.

d) Visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria (2 en la fase de diagnóstico y 2 en el asesoramiento temático).

 

Modalidad de ayuda

1. La empresa beneficiaria dispondrá de 50 horas de asesoramiento, consistente en 20 horas de diagnóstico, 20 horas de asesoramiento temático y 10 horas de seguimiento.

2. El precio del servicio objeto de ayuda es de seis mil cuatrocientos noventa y siete euros con veintinueve céntimos de euro (6.497,29 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.

3. Cada empresa beneficiaria, contribuirá con una cuantía de novecientos setenta y cuatro euros con cincuenta y nuevo céntimos de euro (974,59 €), impuestos incluidos.

4. La empresa beneficiaria abonará el importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. La emisión de la factura se realizará a la finalización del asesoramiento.

 

Compatibilidad

Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Sólo podrán concurrir con otras ayudas de minimis hasta el límite máximo que se establece, por empresa, en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento 1407/2013.

Más información del programa en la web