Impulso del transporte marítimo de mercancías

Noticia Público 21/09/2022 4 3.665
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Plazo solicitudes del 1 de abril de 2023 hasta el 30 de junio de 2023.

Se ha publicado en el BOE, el extracto de la convocatoria del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

Bases reguladoras: Orden TMA/391/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el procedimiento y la convocatoria para la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión.

Tramitación a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. 
 
OBJETIVO

Consolidar e incrementar la cuota modal del transporte marítimo de mercancías, promoviendo la mejora de su desempeño ambiental y el trasvase del modo carretera al marítimo con criterios de sostenibilidad.
 
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Personas físicas o jurídicas establecidas en la Unión Europea que hayan realizado el pago del flete marítimo correspondiente al transporte de mercancías descrita en el apartado siguiente, ya se trate del cargador, del transportista o del operador de transporte.

No podrán ser entidades beneficiarias aquellas que hayan obtenido previamente la condición de entidad colaboradora para un servicio.
 
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Transporte internacional de mercancías por carretera mediante la utilización de semirremolques (excluida la cabeza tractora), remolques y vehículos pesados rígidos, que se realice total o parcialmente por vía marítima entre puertos situados en los servicios marítimos elegibles especificados en el anexo II de la convocatoria adjunta. 

El período de elegibilidad de las actividades subvencionables será desde el 20 de septiembre de 2022 hasta el 31 de marzo de 2023.
 
AYUDA

El cálculo de la cuantía de la subvención se realizará, a partir del valor del eco-incentivo unitario calculado para cada uno de los servicios elegibles (en función del ahorro de costes externos del modo marítimo respecto del modo por carretera) establecido en el anexo II de la convocatoria y del volumen de unidades embarcadas. 

Las subvenciones son incompatibles con la percepción de otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

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