Ayudas ASESORA desarrollo de planes empresariales de nuevas empresas innovadoras

Ayudas P煤blico 23/12/2020 55
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Plazo solicitudes cerrado 15 de marzo 2021

Para cualquier aclaración adicional, o presentación de estas ayudas tiene a su disposición a VALMETAL  963719761 valmetal@valmetal.es

Se ha publicado en el DOGV, la RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2020, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas dirigidas a facilitar el desarrollo de planes empresariales para el crecimiento de nuevas empresas innovadoras de la Comunitat Valenciana.

ENTIDADES BENEFICIARIAS

Pequeñas empresas innovadoras, tanto personas jurídicas como empresas individuales, que tengan sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana, una antigüedad inferior a 5 años en el momento de la presentación de la solicitud..

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

IVACE subvencionará la prestación de servicios de asesoramiento especializado en las áreas que se indican a continuación:

  • Diagnóstico estratégico

  • Modelo de negocio

  • Marketing y comercialización

  • Organización y procesos

  • Gestión económico-financiera

  • Definición de cuadros de mando

Se podrán incluir áreas adicionales que se consideren estratégicas para el desarrollo del plan empresarial de la empresa solicitante, previa justificación en el momento de la solicitud.
El servicio de asesoramiento que se solicite podrá versar sobre una o sobre varias áreas de las indicadas anteriormente, pero no se considerarán servicios de asesoramiento las externalizaciones completas de trabajos para la empresa.

Las propuestas de asesoramiento especializado deberán partir de un análisis de la situación de la empresa y deberán justificar la necesidad y oportunidad del servicio de asesoramiento con el alcance que se recoge en la memoria técnica presentada junto a la solicitud, referenciada en el artículo 6 de la presente convocatoria.

Los servicios de asesoramiento especializado deberán prestarse a planes empresariales que se desarrollen en establecimientos de la empresa beneficiaria que estén ubicados en el territorio de la Comunitat Valenciana y no podrán comenzar a ejecutarse antes de presentar la solicitud de la ayuda.

Una misma empresa solicitante no podrá presentar más de una solicitud. En caso de que, por cualquier circunstancia, una misma empresa solicitante presentará diferentes solicitudes se considerará válida la última registrada en plazo.

La persona o entidad que preste los servicios de asesoramiento especializado deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. Estar dada de alta en el impuesto sobre actividades económicas en una actividad que tenga relación con el asesoramiento o la consultoría a empresas.

  2. Acreditar una experiencia profesional en asesoramiento o consultoría a empresas en los últimos tres ejercicios, incluyendo el ejercicio actual, de al menos 3 servicios especializados en las áreas indicadas anteriormente y por un valor mínimo de 3.000 euros cada uno. En el caso de personas jurídicas, dicha experiencia profesional podrá ser acreditada mediante los servicios prestados por ésta o a través de servicios prestados por profesionales que formen parte de su plantilla y que vayan a prestar los servicios de asesoramiento.

COSTES SUBVENCIONABLES

Se consideran subvencionables los gastos de contratación de los servicios de asesoramiento especializado señalados en el artículo 3.1. de la convocatoria cuyo importe mínimo por área de asesoramiento sea 3.000 euros el coste máximo subvencionable de la hora del asesoramiento será de 60 euros.

No se considerarán gastos subvencionables los servicios prestados por personas, entidades o empresas vinculadas con la empresa beneficiaria.

En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos sobre la renta.

TIPO DE AYUDA

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% del gasto de la contratación de los servicios de asesoramiento especializado con un límite de ayuda por solicitud de 50.000 euros.

El importe total de la ayuda en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o privados supere el coste de la actividad subvencionada.

La ayuda está sujeta al régimen de minimis

El IVACE procederá al pago de la ayuda una vez se haya ejecutado el asesoramiento especializado al que estaba destinada, y siempre que haya verificado el cumplimiento de las obligaciones exigibles a la empresa beneficiaria.

PRESENTACION DE SOLICITUDES

La tramitación del procedimiento será electrónica.

Memoria a presentar

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