Ayudas del Ayuntamiento de el Puig para contratación y creación de empresas

Ayudas Público 24/10/2025 0 140
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Plazo solicitudes hasta el 28 de noviembre 2025

OBJETIVO

  • Fomentar el empleo estable en el municipio de El Puig de Santa Maria y favorecer la inserción laboral de personas desempleadas al mercado de trabajo.
  • Fomentar el la actividad emprendedora. 

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

  • Ayudas a la contratación: empresas, entidades con personalidad jurídica propia (profesionales colegiados, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro), y las entidades sin personalidad jurídica propia (de acuerdo con lo que se establece en el artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones), cuya actividad radique en la provincia de Valencia y contraten a personas desempleadas del municipio del Puig de Santa Maria, mediante contrato celebrado entre el 16 de noviembre de 2024 y el 15 de noviembre de 2025.
  • Ayudas a la creación de empresas: empresas que desarrollen su actividad en El Puig de Santa Maria, en cualesquiera de sus formas posibles (personas físicas o jurídicas) y que se hayan constituido como empresa entre el 16 de noviembre de 2024 y el 15 de noviembre de 2025, y además permanezcan de alta durante un período mínimo de 12 meses.

AYUDA

Ayudas a la Contratación:

Por cada contratación indefinida a tiempo completo o por cada transformación de contrato temporal en indefinido:

  • Mujeres, jóvenes menores de 25 años y hombres de 45 años o más: 2.000 €.

  • Hombres de 25 a 44: 1.800 €.

Por cada contratación indefinida a tiempo parcial o por cada transformación de contrato temporal en indefinido, igual o superior a 20 horas semanales:

  • Mujeres, jóvenes menores de 25 años y hombres de 45 años o más: 1.000 €.

  • Hombres de 25 a 44: 900 €.

Si la jornada de contratación es superior a 20 horas semanales, se incrementará la ayuda en la misma proporción que la jornada, hasta la subvenció máxima de cada colectivo por la jornada completa.

Ayudas a la creación de empresas: 1.500 € por empresa constituida:

Las ayudas se incrementarán en un 50 % si las personas contratadas o las personas emprendedoras acreditan una discapacidad de al menos el 33 % y se incrementar en un 75 % si la discapacidad reconocida es mental o intelectual.

Las solicitudes se tienen que presentar preferentemente por sede electrónica.