Plan RENOVE para Máquina Herramienta

Ayudas Público 22/10/2021 89
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PLAZO CERRADO 2 de noviembre 2021

¿NO SABES COMO PEDIR ESTAS AYUDAS? VALMETAL TE AYUDA 

Se ha publicado la Orden ICT/1090/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021 de concesión de subvenciones correspondientes al Plan de modernización de la máquina herramienta de las pequeñas y medianas empresas.

Publicado listado de maquinaria modificado, quedando de la siguiente manera:

Tornos. Fresadoras. Mandrinadoras. Taladros. Roscadoras. Rectificadoras. Afiladoras, pulidoras y amoladoras. Centros de mecanizado. Máquinas especiales y máquinas transfer compuestas de unidades de mecanizado. Brochadoras. Máquinas de electro-erosión. Máquinas de centrar y refrentar. Prensas mecánicas. Prensas hidráulicas / neumáticas. Servoprensas. Punzonadoras. Sistemas de automatización industrial asociados a máquina-herramienta. Equipos independientes de inspección y medición de piezas mecanizadas. Talladoras / Máquinas de roscado. Equilibradoras. Máquinas para el conformado por encintado de piezas de composites. Paneladoras para el trabajo de la chapa. Sierras. Biseladoras. Mortajadoras. Líneas de corte con prensa, láser, chorro de agua, gas o ultrasonidos. Máquinas para el trabajo de barras, perfiles y tubos. Máquinas para fabricación y control de tornillos y pernos. Máquinas para grabar, marcar y/o puntear. Remachadoras. Granalladoras. Equipos y sistemas industriales para fabricación aditiva.

OBJETO DE LA AYUDA

Tendrán el carácter de inversiones subvencionables, las inversiones realizadas en territorio nacional para la adquisición de máquinas herramienta para su incorporación al proceso productivo y que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

a) supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente

b) supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales

c) impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente

COSTES ELEGIBLES

Se consideran elegibles las inversiones en la adquisición de las siguientes tipologías de máquina herramienta de arranque de viruta, de deformación metálica y trabajo de chapa, o de máquinas y equipos industriales de fabricación aditiva.

Serán subvencionables las inversiones y gastos objeto de la subvención incurridos desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de quince meses contados desde la fecha de la resolución de concesión.

CUANTÍA DE LA AYUDA

El importe mínimo de cada máquina herramienta subvencionable, será mayor o igual que 70.000 euros (excluido el IVA o IGIC).

Las ayudas concedidas al amparo de esta orden tendrán la forma de subvención.

El importe de la subvención será, como máximo, de:

  • 20 % de los gastos subvencionables en el caso de pequeñas empresas
  • 10 % de los gastos subvencionables en el caso de medianas empresas

Cada ayuda quedará limitada hasta un importe máximo de 175.000 euros por máquina y el importe máximo de ayuda que podrá recibir cada entidad jurídica será de 300.000 euros.