Premios Conciliant

Premio Público 25/03/2026 0 45
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Plazo solicitudes del 23 de marzo hasta el hasta el 10 de abril 2026

OBJETIVO

Reconocer y distinguir a las empresas y entidades con domicilio social y actividad económica en la Comunitat Valenciana que destaquen por la aplicación en su empresa de medidas innovadoras de conciliación de la vida laboral, familiar y personal, así como el fomento de la corresponsabilidad entre mujeres y hombres.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

 

Empresas y entidades privadas que ejerzan su actividad y tengan su domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana. Debe entenderse por empresa cualquier entidad, sea persona física o persona jurídica.

a) Estar legalmente constituidas y, en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público.

b) Ejercer su actividad y tener su domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana.

c) No estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización de la persona solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social a través de certificados telemáticos, en cuyo caso la solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, la solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

e) Tener vigente y registrado un plan de igualdad, que incluya una auditoria retributiva, conforme a la normativa aplicable. En su caso, las entidades o empresas candidatas que no tengan la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, deberán aportar medidas de igualdad depositadas en el registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, o, en su caso, plan de igualdad voluntario conforme a lo establecido en los artículos 45 y 46 de la citada Ley.

f) No haber sido sancionadas mediante resolución firme en materia de seguridad y salud laboral, con una infracción muy grave o más de dos graves, en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria.

g) No haber sido sancionadas por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme.

h) No estén cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

PREMIOS

Los premios consistirán en una escultura o placa acreditativa y la siguiente dotación económica para las diferentes categorías de premios:

a) Premios “Conciliant Comunitat Valenciana” Modalidad A: 5.000,00 euros.

b) Premios “Conciliant Comunitat Valenciana” Modalidad B: 8.000,00 euros.

c) Premios “Conciliant Comunitat Valenciana” Modalidad C: 12.000,00 euros.

Se otorgará un premio para cada categoría.