Bases reguladoras Programa CE Implementa
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España, y que conformen una comunidad energética según lo establecido en el artículo 2.1 de la Orden TED/1446/2021.
ACTUACIONES
Proyectos piloto singulares llevados por las comunidades energéticas beneficiarias de las ayudas, que fomenten la participación en el sector energético de entidades no participantes en el mismo tradicionalmente, y realicen una o varias actuaciones en las siguientes áreas descritas con más detalle en el anexo I de las bases reguladoras:
I. Energías renovables eléctricas asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: biomasa, biogás u otros gases renovables, eólica, hidráulica y solar fotovoltaica.
II. Energías renovables térmicas asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: aerotermia, biomasa, biogás, biometano u otros gases renovables, geotermia, hidrotermia y solar térmica, así como los sistemas de aprovechamiento de dichas fuentes en aplicaciones determinadas.
III. Eficiencia energética asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
IV. Movilidad sostenible asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos y adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible para movilidad compartida.
V. Gestión de la demanda asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: almacenamiento detrás del contador y sistemas de regulación mediante almacenamiento hidráulico u otros sistemas de almacenamiento innovadores que podrán incluir baterías de próxima generación o nuevos aprovechamientos de baterías vehiculares (segunda vida de baterías), agregación de la demanda de energía térmica y sistemas para proporcionar flexibilidad de la demanda.
REQUISITOS DE LOS PROYECTOS
Los proyectos piloto subvencionables deberán comprender al menos una actuación de las especificadas dentro de las anteriores cuatro primeras áreas de actuación
Inversión máxima por proyecto de 1.000.000€ en la tercera convocatoria e inversión mínima por proyecto superior a 1.000.000€ en la cuarta convocatoria.
Plazo ejecución actuaciones: 14 meses.
AYUDA
Ayudas de entre el 30 y el 60 % de los costes subvencionables según actuaciones incluidas en el proyecto.
No podrá superar el límite de 15 M€ por empresa y por proyecto. Posibilidad de anticipo de hasta el 80 % de la ayuda concedida.
Más información en la web de IDAE o puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o telefóno (913 146 673).